PARTNERSHIP.
Equipo 6.
"EL PARTNERSHIP"
Este tipo
de sociedades se constituyen mediante la unión de dos o más personas
denominadas partners que se organizan para desarrollar una actividad
empresarial de forma conjunta.
Los beneficios generados por el negocio se trasladan o pasan directamente a los socios, quienes son los únicos que pagan impuestos por ellos sin que tenga que hacerlo la Partnership.
"EL PARTNERSHIP"
La
Partnership es un tipo de sociedad mercantil propia del common law que no tiene
una equivalencia exacta en la mayoría de los sistemas jurídicos continentales.
*HISTORIA*
Las
asociaciones tienen una larga historia, ya estaban en uso en la época medieval
en Europa y en Oriente Medio. En Europa, las asociaciones contribuyeron a la
revolución comercial que comenzó en el siglo XIII. En el siglo XV, el miembro
de ciudades de la Liga Hanseática, reforzaría mutuamente entre sí un barco de
Hamburgo a Danzig, no sólo llevaría a su propia carga, sino que también
se encargó de transportar fletes para otros miembros dela liga. Esta práctica
no sólo ahorró tiempo y dinero; sino que también constituyó un primer paso
hacia la asociación. Esta capacidad de unir fuerzas en los servicios recíprocos
se convirtió en un rasgo distintivo, y un factor de éxito duradero, del
espíritu de equipo hanseático.
DEFINICIÓN
Tal y como
se define en el artículo 1 de la Partnership Act 1890, se denomina Partnership
a la relación que existe entre aquellas personas que desarrollan un negocio en
común con ánimo de lucro.
( "Partnership is the relation
which subsists between persons carrying on a business in common with a view of
profit".
“Partnership es la relación
que subsiste entre personas que ejercen una actividad
comercial en común con vistas a la obtención de beneficios”.
CLASES
DE PARTNERSHIPS
Las
partnerships no tienen una personalidad jurídica propia (legal entity-entidad legal).
Hay dos
clases:
·
GENERAL PARTNERSHIP: Desarrollan su negocio
a través de la capacidad jurídica de sus socios, quienes responden con todo su
patrimonio de forma ilimitada respecto
de las deudas contraídas en el desarrollo de su actividad. Dado que todos los
socios tienen una responsabilidad ilimitada, incluso los socios inocentes
pueden ser considerados responsables cuando otro socio comete acciones
inapropiadas o ilegales. Este hecho por si solo demuestra cómo un inversor debe
tener cuidado al decidir si se convierte en un socio general. Cuando
se crea una sociedad general, todos los socios están asumiendo una parte igual
de deberes, así como la responsabilidad.
· LIMITED
LIABILITY PARTNERSHIP(O LLP): Los Partners son limitadamente responsables de las deudas
sociales, respondiendo solo hasta el importe de la cantidad que cada uno haya
aportado a la misma.
TIPOS
DE ASOCIACIONES.
Existen
tres tipos de asociaciones:
∎ Asociación General: Cada
socio comparte la misma carga de trabajo, responsabilidad y ganancias generadas
y pagadas a los socios. Todos los socios están involucrados activamente en las
operaciones del negocio.
∎ Asociación
Limitada: Admiten que inversores exteriores compren en un negocio,
pero manteniendo una responsabilidad y participación limitada, basada en sus
contribuciones. Esta es una forma de asociación más complicada, que también
resulta ser más flexible en términos de propiedad y toma de decisiones.
∎ Proyecto
conjunto: Proyectos de corto plazo o alianzas que
atraen a múltiples socios para un proyecto son usualmente estructurados en
proyectos conjuntos. Si el proyecto funciona, puede evolucionar a una
asociación general. De otra manera, el proyecto puede ser cancelado.
VENTAJAS FISCALES.
Las
Partnerships tienen una gran ventaja respecto a otras sociedades mercantiles
más complejas y es lo que se conoce como pass through (pasar
por) o flow-through taxation (impuesto directo).
Los beneficios generados por el negocio se trasladan o pasan directamente a los socios, quienes son los únicos que pagan impuestos por ellos sin que tenga que hacerlo la Partnership.
COMPARATIVA
CON EL DERECHO
ESPAÑOL.
En Derecho societario español encontramos entre el empresario individual y las sociedades de capital varios tipos de agrupaciones empresariales: la Sociedad colectiva (parecida al general Partnership), la Sociedad cooperativa (parecida a una cooperative o Coop). Y la Sociedad comanditaria por acciones (que guarda cierto parecido con la limited Partnership).
PROS (BENEFICIOS).
✔ Son fáciles de armar y mantener en el tiempo.
· ✔ Los socios pueden unir sus recursos
para financiar las patentes de la compañía.
·
✔ Los socios pueden compartir la carga
de trabajo y las ganancias del éxito del negocio.
✔ Ser capaz de ofrecer a empleados clave, el potencial de
ser algún día un socio, puede ser un gran incentive que los motive a seguir en
el proyecto a largo plazo
DESVENTAJAS.
Como es de esperarse, donde hay ventajas hay también desventajas acerca de formar una asociación, como por ejemplo:
·
∎ Cuando hay más de un dueño, suelen haber diferencias de opinión que pudieran poner el negocio en peligro.
· ∎ Aunque los socios se reparten las ganancias generadas por el negocio, si el pago no está en sintonía con el trabajo las contribuciones de cada uno, pueden surgir desacuerdos.
∎ Las asociaciones tienen responsabilidades compartidas e individuales, lo que significa que todos los socios son responsables de sus acciones.
Comentarios
Publicar un comentario